Discriminación de Propietarios en la Vivienda
by: Legal Aid Services of Oregon
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ADVERTENCIA DE LÍMITE DE TIEMPO: Bajo las leyes federales y estatales, hay límites de tiempo para tomar acción para ejercer sus derechos. La mayoría de las demandas relacionadas con el acuerdo de rentar y el Acta de Inquilino y Propietario de Oregon tiene que ser archivadas (comenzadas en la corte) dentro de un año después del incidente. Puede haber otros límites de tiempo más cortos que se aplican en otros casos. Pregunte a un abogado acerca de los límites de tiempo que se podrían aplicar en el caso suyo. |
Contenido ¿Puede un propietario desalojarme o rehusar rentarme, o tratarme en una manera diferente por mi raza, sexo, color, religion, estado civil, origen nacional, limitación fíísica o mental, porque tengo un perro guía o por razón de mis ingresos?
¿Si estoy incapacitado, tiene el propietario la responsibilidad de hacer la vivienda accesible?
¿Puede un propietario rehusar rentarme o tratarme diferente porque tengo niños?
¿Es posible que el propietario me permita alquilar si soy menor de 18 a ños?
¿Puede el propietario rehusar rentarme porque soy homosexual o lesbiana?
¿Puede un propietario rehusar rentarme porque un propietario previo trató de desalojarme del otro lugar?
¿ Puede un propietario desalojarme o rehusar rentarme, o tratarme en una manera diferente por mi raza, sexo, color, religion, estado civil, origen nacional, limitación física o mental, porque tengo un perro guía o por razón de mis ingresos?
Legalmente, no. Si usted cree que el propietario lo trata de manera diferente por una de estas razones, comuníquese con un abogado, el Consejo de Vivienda Justa de Oregon (Fair Housing Council of Oregon) (1-800-424-3247 o 223-8295, en Portland), o el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Department of Housing and Urban Development o HUD) - 1-800-877-0246.
Es ilegal rehusar rentarle a un ciego o a un sordo porque tienen un perro que los asiste. Los propietarios no pueden cobrar rentas o tarifas adicionales por estos perros. [ORS 90.930]
La ley estatal también prohibe la discriminación en base a la fuente de ingresos, por ejemplo beneficios públicos ("welfare"). Pero, la ley estatal no dice claramente que al propietario se le esta prohibido el discriminar en contra de los que tienen el subsidio federal tal como el certificado Sección 8. Regresar al principio
¿Si estoy incapacitado, tiene el propietario la responsibilidad de hacer la vivienda accesible?
Si usted vive en un lugar con subsidio federal, el propietario tiene que permitir y pagar por cambios a su vivienda para acomodar en una manera razonable su incapacidad, a menos que no sea práctico.
Ejemplos: Darle un lugar para estacionar su vehiculo cerca del puerto, instalar una rampa, cambiar una regla.
Propietarios privados, en general, tienen que permitir hacer cambios a la vivienda para acomodar, en una manera razonable, su incapacidad, pero no son requeridos a pagar.
Ponerse en contacto con el Concillio de Vivenda Justa (1-800-424-3247 o 223-8295, en Portland) si tiene preguntas tocante a acomodaciones razonables en viviendas rentadas. Regresar al principio
¿Puede un propietario rehusar rentarme o tratarme diferente porque tengo niños?
Un propietario no puede rehusar rentarle, desalojarle o darle trato diferente porque tiene niños. Hay unas excepciónes para ciertos proyectos de vivienda con subsidio federal: proyectos donde todos los inquilinos son mayores de 62 años y proyectos donde el 80% de los inquilinos son mayores de 55 años, y cuando el propietario renta espacio en su propio domicilio si todos los ocupantes comparten algún espacio común dentro del domicilio. En todos los demás casos, si el propietario discrimina en contra suya por usted tener niños, debe comunicarse con un abogado o el Consejo de Vivienda Justa de Oregon (Fair Housing Council of Oregon) (1-800-424-3247 o 223-8295, en Portland), o el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Department of Housing and Urban Development o HUD) - 1-800-877-0246. Regresar al principio
¿Es posible que el propietario me permita alquilar si soy menor de 18 años?
Sí. Hay un estatuto estatal que dice que si tiene por lo menos 16 años de edad, o si está embarazada con una criatura que vivirá con usted, usted puede entrar en un contrato de alquiler y ser considerada responsable de pagar la renta y los servicios de luz, gas, etc. Bajo algunas circumstancias también es posible que si usted es menor de 16 años puede firmar un contrato de alquiler válido, aunque no esté embarazada. Bajo las leyes del estado, puede ser legal que el propietario rehúse rentarle a usted debido a su edad. La ley para vivienda es diferente para otros asuntos, como el empleo. Pero algunos ordenanzas municipales prohiben la discriminación debido a la edad. [ORS 105.168] Regresar al principio
¿Puede el propietario rehusar rentarme porque soy homosexual o lesbiana?
Las ordenanzas de las ciudades de Portland, Corvallis,Eugene y Ashland prohiben la discriminación basada en orientación sexual. Si vive en una de estas ciudades y siente que se le ha discriminado contra usted por su orientación sexual, comuníquese con un abogado o el Consejo de Vivienda Justa de Oregon (Fair Housing Council of Oregon) (1-800-424-3247 o 223-8295, Portland).
La ley estatal no prohibe la discriminación basada en la orientación sexual. Pero ningún propietario puede negarse a rentarle, aumentarle la renta, desalojarle o tratarle diferente porque usted tiene el virus HIV o porque el dueño piensa que usted tiene el virus o la probabilidad de adquirirlo. Esto sería discriminación basada en limitaciones físicas. Acaso algunas cortes dirían que propietarios privados no pueden negarse a rentarles a dos hombres o a dos mujeres, porque eso sería discriminación basada en sexo. Es más probable que una corte pueda decidir que está prohibida la discriminación en una propiedad que recibe subsidio federal, porque no se puede negar beneficios del gobierno sin buena razón. Regresar al principio
¿Puede un propietario rehusar rentarme porque un propietario previo trató de desalojarme del otro lugar?
A veces el propietario de un lugar nuevo que usted quiere rentar se da cuenta mientras evalua su aplicación de que un propietario previo trató de desalojarlo a través de un proceso en la corte. Si usted ganó su caso en la corte no es legal que un propietario nuevo rehuse rentarle solamente por causa del caso previo. Si el propietario nuevo rehusa rentar a usted por esta razón, usted puede poner una demanda judicial en la corte en contra de él por sus daños directos o $200, dependiendo cual sea mayor. (Vea la Advertencia de Límite de Tiempo.) Haga clic aquí para más información tocante la evaluación de su aplicación de renta. [ORS 90.390] Regresar al principio
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